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Delegados

FUNCIONES Y COMPETENCIAS

  1. Transmitir a sus compañeros/as información de los/as representantes de alumnos/as en el Consejo Escolar sobre los asuntos tratados y resoluciones tomadas por aquel órgano, para lo cual, con carácter extraordinario, el delegado/a podrá hacer uso de parte del periodo lectivo, previa comunicación al/a la profesor/a.
  2. Proponer, si los hubiere, temas a tratar en el Consejo Escolar a sus representantes.
  3. Informar al/a la profesor/a del grupo de cualquier inquietud o propuesta existente en el seno del grupo.
  4. De la misma manera se informará al/a la jefe de departamento, en primer lugar, y al/la jefe de estudios de cualquier inquietud o propuesta existente en el seno del grupo, siempre que la comunicación con el profesor-tutor/a haya probado ser infructuosa.
  5. Transmitir al grupo cualquier información dada por el/la jefe de estudios o el director/a.
  6. Ayudar a alumnos/as de su grupo en trámites de solución de problemas de disciplina o de reclamación ante profesores/as, jefe de estudios, director/a.
  7. Asistir a la junta de delegados/as e inmediatamente informar a la clase de los asuntos tratados en ella.

JUNTA

Estará constituida por todos de los delegados/as de grupo y los/as representantes de alumnos/as en el Consejo Escolar.
En caso de ausencia de algún delegado/a, podrá ser sustituido/a por el subdelegado/a.

Esta Junta se reunirá siempre que por lo menos 1/3 de los delegados/as y/o 1/3 de los/as representantes de alumnos/as al Consejo Escolar lo solicite. Si el tercio arroja un decimal, se redondeará al entero inmediatamente inferior.

FUNCIONES

  • Informar a los/as representantes del alumnado en el Consejo Escolar de la problemática de cada grupo.
  • Recibir la información sobre los temas tratados en el Consejo Escolar.
  • Elaborar propuestas o informes sobre temas concretos de funcionamiento de la EOI u opinión del alumnado para el Consejo Escolar y la dirección o jefatura de estudios, a iniciativa propia o a petición de estos órganos
  • Recoger ideas y sugerencias e informar y promover deliberación sobre iniciativas o actividades de todo tipo que puedan concernir a los alumnos/as.
  • Estudiar las propuestas de grupos de alumnos/as o asociaciones y decidir sobre el apoyo o colaboración con ellos/as.
  • Elaborar propuestas a departamentos y claustro sobre mejoras de funcionamiento académico, pedagógico o didáctico.
  • La junta de delegados/as podrá elegir comisiones en su seno para presentar determinados temas al claustro o departamentos.
  • La junta tendrá que avisar con un mínimo de 48 horas de plazo a la dirección de la fecha de reunión, si precisa que le sea habilitada o reservada una sala para dicha reunión.
  • De cada reunión se levantará acta, por lo que se nombrará en el seno de la junta un presidente/a, quien será el moderador/a, y un secretario/a. Estas actas tendrán que estar a disposición de cualquier miembro del ámbito escolar.

REUNIONES GENERALES O ASAMBLEAS

Los representantes del alumnado en el Consejo Escolar y/o la unta de delegados/as, por decisión mayoritaria, pueden convocar asamblea general de alumnos/as previo acuerdo con la dirección sobre horario y locales.

Igualmente, pueden convocar asambleas parciales de alumnos/as de un determinado conjunto: curso o idioma, por ejemplo.

Las asambleas se podrá realizar en horas lectivas, debiéndose publicar la convocatoria y el orden del día en el tablón de anuncios general del centro o lugares destinados a tal efecto con al menos 48 horas de antelación. El mismo plazo se aplicará para dar aviso a la dirección del centro.